Por el Estado | Delegaciones AEAT | Balears (Illes).
Indicador: Por el Estado | Delegaciones AEAT | Balears (Illes), en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IRPF. Retenciones de capital. Caja.
Código: B0L06000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Balears (Illes).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
En 1999 se reduce el tipo de retención del 25 al 18%, excepto para dividendos, y se someten a retención los rendimientos de seguros de vida (25%). En 2000 bajan también el tipo de dividendos y seguros de vida al 18%.
En 1996 (RDL 7/1996) la tributación del ahorro se modifica sustancialmente. En particular, las plusvalías cuentan con un mínimo exento de 200.000 pts. y un tipo fijo del 20% para las generadas en más de dos años (18% en más de un año a partir de 2
Desde 2003 se reduce el tipo de retención de capital del 18 al 15% y se elevan los coeficientes de reducción para rtos.>2años.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).
RETENCIONES DE CAPITAL - Retenciones practicadas relativas a rendimientos de capital mobiliario.
RETENCIONES - Importe de los pagos retenidos por el pagador al sujeto pasivo, a cuenta de la deuda tributaria total exigible en el momento de pago del impuesto, aplicados según la normativa del impuesto.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 10,457.61 |
Año 1987 | 22,015.07 |
Año 1988 | 23,066.84 |
Año 1989 | 26,095.95 |
Año 1990 | 37,995.99 |
Año 1991 | 41,277.51 |
Año 1992 | 44,228.48 |
Año 1993 | 46,566.42 |
Año 1994 | 42,293.22 |
Año 1995 | 48,844.25 |
Año 1996 | 54,800.28 |
Año 1997 | 45,610.81 |
Año 1998 | 44,468.89 |
Año 1999 | 34,990.92 |
Año 2000 | 34,512.00 |
Año 2001 | 44,030.00 |
Año 2002 | 45,550.00 |
Año 2003 | 34,448.00 |
Año 2004 | 32,598.00 |
Año 2005 | 38,099.00 |
Año 2006 | 43,595.00 |
Año 2007 | 66,552.00 |
Año 2008 | 84,470.00 |
Año 2009 | 71,824.00 |
Año 2010 | 60,995.00 |
Año 2011 | 63,381.00 |
Año 2012 | 61,375.00 |
Año 2013 | 52,228.00 |
Año 2014 | 51,977.00 |
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