Total consolidado.Ingresos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | Tasas, precios públicos y otros ingresos (Cap. 3).
Indicador: Total consolidado.Ingresos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | Tasas, precios públicos y otros ingresos (Cap. 3), en la categoría de Derechos/Obligaciones reconocidos.
Presupuestos CCAA. Clasificación económica.
PRESUPUESTO CCAA. Total consolidado. Ingresos. Tasas, precios públicos y otros ingresos (Cap.3). Derechos reconocidos.
Código: H0706002.
Institución: Institución/Organismo: Administración Autonómica.
Territorio: Cantabria.
Fuente: Dirección General de Coordinación Financiera con las CC.AA y las EELL a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Las CC. AA. uniprovinciales asumen las competencias y recursos financieros de sus extintas diputaciones provinciales, salvo Illes Balears, ya que los consejos insulares tienen un carácter similar al de las diputaciones provinciales.
Hasta 1994 incluye la intermediación financiera local; a partir de ese año le da un tratamiento extrapresupuestario hasta 1999 en que deja de ejercerla.
La transferencia de competencias del IMSERSO y de Educación universitaria se aprueba en 1996 y la de Educación no universitaria en 1998.
Las transferencias sanitarias se aprueban en diciembre de 2001.
Desde 2002, nuevo sistema de financiación de CCAA: se cede 35 % de IVA, 33% de IRPF y 40% de I.s/ alcohol, cerveza, hidrocarb., tabaco y ptos. interm. y 100% electricidad. Se crea y cede la recaudación de I.s/venta minor.hidrocarb. y s/ medios transp.
Definiciones
PPTOS. DERECHOS RECONOCIDOS - Derechos del presupuesto corriente que han sido efectivamente ingresados o están pendientes de cobrar. Son derechos netos, esto es, no incluyen los derechos anulados y cancelados.
PRESUPUESTOS CC. AA. GESTIÓN FINANCIERA LOCAL - Actividad de intermediación financiera que realiza la C. A. con respecto al flujo financiero que tiene su origen en el Estado y su destino condicionado en los municipios comprendidos en la C. A.
PRESUPUESTOS. PRECIO PÚBLICO - Tributo establecido como consecuencia de la prestación de un servicio público cuando dicho servicio puede prestarse bien por un particular o bien por un organismo público.
PRESUPUESTOS. TASAS - Tributos que gravan el uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios (cuando sólo lo presta un organismo público) o la realización de activ. en régimen de dcho. público con beneficio particular del sujeto pasivo.
PRESUPUESTOS. CONSOLIDADO - Total de ingresos o gastos del agente económico incluyendo la Administración General y la Institucional, una vez eliminadas las transferencias internas entre los distintos agentes que lo componen.
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Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
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Año 1984 | 5,054.67 |
Año 1985 | 10,335.02 |
Año 1986 | 8,126.11 |
Año 1987 | 9,392.29 |
Año 1988 | 18,702.44 |
Año 1989 | 24,422.11 |
Año 1990 | 25,036.64 |
Año 1991 | 18,532.78 |
Año 1992 | 23,275.28 |
Año 1993 | 12,086.35 |
Año 1994 | 23,896.24 |
Año 1995 | 10,986.50 |
Año 1996 | 12,344.79 |
Año 1997 | 23,752.00 |
Año 1998 | 36,914.16 |
Año 1999 | 37,623.36 |
Año 2000 | 24,686.27 |
Año 2001 | 28,269.83 |
Año 2002 | 33,342.09 |
Año 2003 | 39,713.98 |
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