Total consolidado.Gastos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | Gastos corrientes en bienes y servicios (Cap. 2).
Indicador: Total consolidado.Gastos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | Gastos corrientes en bienes y servicios (Cap. 2), en la categoría de Derechos/Obligaciones reconocidos.
Presupuestos CCAA. Clasificación económica.
PRESUPUESTO CCAA. Total consolidado. Gastos. Gastos corrientes en bienes y servicios (Cap.2). Obligaciones reconocidas.
Código: H0B0K002.
Institución: Institución/Organismo: Administración Autonómica.
Territorio: Comunidad Valenciana.
Fuente: Dirección General de Coordinación Financiera con las CC.AA y las EELL a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Hasta 1995 incluye la intermediación financiera local; a partir de ese año le da tratamiento extrapresupuestario.
La transferencia de competencias del IMSERSO y de Educación universitaria se aprueba en 1985, la del INSALUD en 1987 y la de Educación no universitaria en 1983.
Desde 2002, nuevo sistema de financiación de CCAA: se cede 35 % de IVA, 33% de IRPF y 40% de I.s/ alcohol, cerveza, hidrocarb., tabaco y ptos. interm. y 100% electricidad. Se crea y cede la recaudación de I.s/venta minor.hidrocarb. y s/ medios transp.
Definiciones
PRESUPUESTOS CC. AA. GESTIÓN FINANCIERA LOCAL - Actividad de intermediación financiera que realiza la C. A. con respecto al flujo financiero que tiene su origen en el Estado y su destino condicionado en los municipios comprendidos en la C. A.
PRESUPUESTOS. OBLIGACIONES RECONOCIDAS - Importes exigibles por parte de un tercero derivados del cumplimiento de la prestación a que se hubiere comprometido, o como consecuencia del nacimiento del derecho en virtud de ley o acto administrativo.
PRESUPUESTOS. CONSOLIDADO - Total de ingresos o gastos del agente económico incluyendo la Administración General y la Institucional, una vez eliminadas las transferencias internas entre los distintos agentes que lo componen.
PRESUPUESTOS. GASTOS EN BIENES Y SERVICIOS (CAP. 2) - Gastos periódicos o repetitivos necesarios para el funcionamiento del agente económico.
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Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
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Año 1984 | 24,112.32 |
Año 1985 | 39,854.04 |
Año 1986 | 49,104.65 |
Año 1987 | 59,818.83 |
Año 1988 | 200,901.18 |
Año 1989 | 340,018.34 |
Año 1990 | 350,196.23 |
Año 1991 | 381,762.35 |
Año 1992 | 563,637.37 |
Año 1993 | 490,012.40 |
Año 1994 | 477,400.57 |
Año 1995 | 520,971.33 |
Año 1996 | 726,494.93 |
Año 1997 | 594,336.46 |
Año 1998 | 667,228.93 |
Año 1999 | 724,435.95 |
Año 2000 | 795,851.74 |
Año 2001 | 840,035.04 |
Año 2002 | 1,056,198.19 |
Año 2003 | 1,145,646.98 |
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