Total consolidado.Gastos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | Gastos corrientes en bienes y servicios (Cap. 2).
Indicador: Total consolidado.Gastos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | Gastos corrientes en bienes y servicios (Cap. 2), en la categoría de Derechos/Obligaciones reconocidos.
Presupuestos CCAA. Clasificación económica.
PRESUPUESTO CCAA. Total consolidado. Gastos. Gastos corrientes en bienes y servicios (Cap.2). Obligaciones reconocidas.
Código: H090K002.
Institución: Institución/Organismo: Administración Autonómica.
Territorio: Castilla - La Mancha.
Fuente: Dirección General de Coordinación Financiera con las CC.AA y las EELL a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En los datos consolidados se incluye el importe de los fondos relativos a la intermediación financiera local.
La transferencia de competencias del IMSERSO se aprueba en 1995 y la de Educación universitaria en 1996.
Las transferencias sanitarias se aprueban en diciembre de 2001.
Desde 2002, nuevo sistema de financiación de CCAA: se cede 35 % de IVA, 33% de IRPF y 40% de I.s/ alcohol, cerveza, hidrocarb., tabaco y ptos. interm. y 100% electricidad. Se crea y cede la recaudación de I.s/venta minor.hidrocarb. y s/ medios transp.
Definiciones
PRESUPUESTOS CC. AA. GESTIÓN FINANCIERA LOCAL - Actividad de intermediación financiera que realiza la C. A. con respecto al flujo financiero que tiene su origen en el Estado y su destino condicionado en los municipios comprendidos en la C. A.
PRESUPUESTOS. OBLIGACIONES RECONOCIDAS - Importes exigibles por parte de un tercero derivados del cumplimiento de la prestación a que se hubiere comprometido, o como consecuencia del nacimiento del derecho en virtud de ley o acto administrativo.
PRESUPUESTOS. CONSOLIDADO - Total de ingresos o gastos del agente económico incluyendo la Administración General y la Institucional, una vez eliminadas las transferencias internas entre los distintos agentes que lo componen.
PRESUPUESTOS. GASTOS EN BIENES Y SERVICIOS (CAP. 2) - Gastos periódicos o repetitivos necesarios para el funcionamiento del agente económico.
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Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1984 | 8,538.48 |
Año 1985 | 12,994.75 |
Año 1986 | 18,641.03 |
Año 1987 | 24,073.53 |
Año 1988 | 23,198.26 |
Año 1989 | 24,083.71 |
Año 1990 | 26,649.05 |
Año 1991 | 34,423.56 |
Año 1992 | 31,103.87 |
Año 1993 | 32,279.00 |
Año 1994 | 36,109.62 |
Año 1995 | 45,343.41 |
Año 1996 | 62,541.51 |
Año 1997 | 78,961.64 |
Año 1998 | 86,657.79 |
Año 1999 | 92,718.14 |
Año 2000 | 158,444.54 |
Año 2001 | 154,122.07 |
Año 2002 | 406,208.48 |
Año 2003 | 521,725.85 |
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