Rentas/Bases | Rentas | Ganancias y pérdidas patrimoniales | A integrar en parte general de B.I. | Rtos. y Saldos Netos pendientes años anteriores.
Indicador: Rentas/Bases | Rentas | Ganancias y pérdidas patrimoniales | A integrar en parte general de B.I. | Rtos. y Saldos Netos pendientes años anteriores, en la categoría de Total.
Estadísticas de IRPF.
IRPF. Ganancias y pérdidas patrimoniales. A integrar en Parte General B.I. Pendientes años anteriores.
Código: C00E8000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Territorio de régimen fiscal común.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Los elementos patrimoniales afectos a actividades empresariales o profesionales tributan formando parte de los rendimientos de las actividades empresariales o profesionales
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
La Ley 35/2006 clasifica las G y P patrimoniales en dos grupos: a) las que derivan de transmisiones patrimon y b) las que no derivan de transmisiones patrimon. Desaparece la refererencia al periodo de generación que regía anteriormente.
Desde 2007se integran en la BI, parte general, las G y P que no derivan de transmisiones patrimoniales ( p.ej. premios en juegos; subvenciones para vivienda; rend. en montes públicos, etc). Antes se incluian transmisiones patrimoniales de menos de 1 año.
Serie no homogénea antes y despues de 2007. Se suprime la diferenciación en función del período de generación q. delimitaba la integración en BI general o BI especial o del ahorro. El criterio actual es q. derive o no derive de transmisiones patrimoniales
Definiciones
IRPF. INCREMENTOS Y DISMINUCIONES DEL PATRIMONIO - Variaciones en el valor del patrimonio del sujeto pasivo que se ponen de manifiesto con ocasión de cualquier alteración de la composición de dicho patrimonio.
IRPF. BASE IMPONIBLE. PARTE GENERAL - Rentas personales generadas en el periodo impositivo -rtos., rentas imputadas y ganacias patrimoniales-, integradas y compensadas según normativa vigente. Desde 1999, para su cálculo,del conjunto de rentas se deduce el mínimo personal y familiar.
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Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1999 | -32,707.88 |
Año 2000 | -45,950.50 |
Año 2001 | -57,648.33 |
Año 2002 | -106,979.66 |
Año 2003 | -159,822.67 |
Año 2004 | -134,533.98 |
Año 2005 | -123,300.19 |
Año 2006 | -99,198.09 |
Año 2007 | -95,687.30 |
Año 2008 | -50,082.00 |
Año 2009 | -40,692.56 |
Año 2010 | -33,974.47 |
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