Rentas/Bases | Bases imponibles | Parte general B.I..
Indicador: Rentas/Bases | Bases imponibles | Parte general B.I., en la categoría de Total.
Estadísticas de IRPF.
IRPF. Rentas. Bases imponibles. Parte general B.I. Total.
Código: C009P000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Territorio de régimen fiscal común.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Debido a la fuente estadística utilizada, al agregar series es necesario tener en cuenta la existencia o no de solapamiento entre las mismas; cuando existe solapamiento, la serie agregada es menor que la suma algebraica de las parciales.
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
Hasta 1998 inclusive se recoge la denominada base imponible regular.
Serie no homogénea antes y después de 1999 por modificaciones importantes en su cálculo. La más relevante: establecimiento del mínimo exento. Además: reducción general en rtos. trabajo y supresión ingresos y gastos generados por vivienda habitual.
Con la Ley 46/2002 desaparece la reducción general por rendimientos del trabajo. De 2003 a 2006 esta reducción se aplica a la BI. La Ley 35/2006 vuelve a aplicar esta reducción general junto con otras reducciones laborales adicionales.
A partir de 2007, la Ley 35/2006 asegura un mismo ahorro fiscal a contribuyentes con igual situación personal y familiar cualquiera que sea su nivel de renta. Por ello el MPF no reduce la renta del periodo sino que forma parte de la BL.
Serie no homogénea antes y despues de 2007. La Ley 35/2006 establece nuevos criterios para aplicar los rend..del capital mobiliario y de las ganancias patrimoniales a la BI parte general o BI parte del ahorro (antes especial). El MPF forma parte de la BL.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).
IRPF. BASE IMPONIBLE. PARTE GENERAL - Rentas personales generadas en el periodo impositivo -rtos., rentas imputadas y ganacias patrimoniales-, integradas y compensadas según normativa vigente. Desde 1999, para su cálculo,del conjunto de rentas se deduce el mínimo personal y familiar.
IRPF. RENTA REGULAR - Ingresos obtenidos por los sujetos pasivos de IRPF procedentes del trabajo, capital o actividades económicas, cuyo ciclo de producción no sea superior a un año.
IRPF. MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR - Cuantía, establecida legalmente a partir de 1999, en función de las características personales y familiares del contribuyente y que se deduce del conjunto de rendimientos y rentas imputadas a efectos de calcular la B. I. del impuesto.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1980 | 31,262,864.66 |
Año 1981 | 36,716,941.33 |
Año 1982 | 40,823,410.62 |
Año 1983 | 46,632,218.29 |
Año 1984 | 51,579,089.74 |
Año 1985 | 59,221,280.64 |
Año 1986 | 70,193,730.24 |
Año 1987 | 77,694,685.85 |
Año 1988 | 87,824,732.85 |
Año 1989 | 103,962,574.98 |
Año 1990 | 125,538,639.07 |
Año 1991 | 141,053,117.45 |
Año 1992 | 152,149,892.42 |
Año 1993 | 159,300,542.11 |
Año 1994 | 170,530,230.91 |
Año 1995 | 182,492,823.92 |
Año 1996 | 193,891,559.39 |
Año 1997 | 201,126,759.46 |
Año 1998 | 213,276,086.93 |
Año 1999 | 127,839,595.88 |
Año 2000 | 143,315,591.46 |
Año 2001 | 160,645,879.36 |
Año 2002 | 174,495,714.24 |
Año 2003 | 224,234,659.09 |
Año 2004 | 241,615,024.41 |
Año 2005 | 265,274,420.39 |
Año 2006 | 296,993,966.50 |
Año 2007 | 346,736,329.75 |
Año 2008 | 370,633,822.00 |
Año 2009 | 365,621,214.44 |
Año 2010 | 362,050,666.69 |
Año 2011 | 361,944,711.78 |
Año 2012 | 346,644,463.31 |
<< Rentas/Bases | Rentas | Ganancias y pérdidas patrimoniales | A integrar en parte general de B.I. | Incremento de patrimonio neto regular - Rentas/Bases | Bases imponibles | Parte general B.I. >>