Rentas/Bases | Bases imponibles | Parte general B.I..
Indicador: Rentas/Bases | Bases imponibles | Parte general B.I., en la categoría de Desagregado por rendimientos e imputaciones | Mayor de 601.000 euros.
Estadísticas de IRPF.
IRPF. Rentas. Bases imponibles. Parte general B.I. Rendimientos e imputaciones mayor de 601.000 euros.
Código: C009P00Q.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Territorio de régimen fiscal común.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Debido a la fuente estadística utilizada, al agregar series es necesario tener en cuenta la existencia o no de solapamiento entre las mismas; cuando existe solapamiento, la serie agregada es menor que la suma algebraica de las parciales.
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
Hasta 1998 inclusive se recoge la denominada base imponible regular.
Serie no homogénea antes y después de 1999 por modificaciones importantes en su cálculo. La más relevante: establecimiento del mínimo exento. Además: reducción general en rtos. trabajo y supresión ingresos y gastos generados por vivienda habitual.
Hasta 2001, los tramos eran<0,25 millones de ptas; de 0,25 a 1; de 1 a 2; de 2 a 3,5; de 3,5 a 5; de 5 a 10; de 10 a 25; de 25 a 100; > de 100 millones de ptas.
Hasta 1998 son tramos de Base Imponible
Con la Ley 46/2002 desaparece la reducción general por rendimientos del trabajo. De 2003 a 2006 esta reducción se aplica a la BI. La Ley 35/2006 vuelve a aplicar esta reducción general junto con otras reducciones laborales adicionales.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).
IRPF. BASE IMPONIBLE. PARTE GENERAL - Rentas personales generadas en el periodo impositivo -rtos., rentas imputadas y ganacias patrimoniales-, integradas y compensadas según normativa vigente. Desde 1999, para su cálculo,del conjunto de rentas se deduce el mínimo personal y familiar.
IRPF. RENTA REGULAR - Ingresos obtenidos por los sujetos pasivos de IRPF procedentes del trabajo, capital o actividades económicas, cuyo ciclo de producción no sea superior a un año.
IRPF. MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR - Cuantía, establecida legalmente a partir de 1999, en función de las características personales y familiares del contribuyente y que se deduce del conjunto de rendimientos y rentas imputadas a efectos de calcular la B. I. del impuesto.
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Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1992 | 417,186.54 |
Año 1993 | 408,057.17 |
Año 1996 | 602,502.61 |
Año 1997 | 796,990.13 |
Año 1998 | 1,126,230.57 |
Año 1999 | 1,752,184.68 |
Año 2000 | 2,421,411.66 |
Año 2001 | 2,591,522.38 |
Año 2002 | 2,483,909.00 |
Año 2003 | 3,053,696.50 |
Año 2004 | 3,312,192.97 |
Año 2005 | 4,206,715.67 |
Año 2006 | 5,218,492.19 |
Año 2007 | 5,169,952.15 |
Año 2008 | 4,753,303.00 |
Año 2009 | 4,113,267.83 |
Año 2010 | 4,046,714.99 |
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