Previsiones/Créditos definitivos.
Indicador: Previsiones/Créditos definitivos, en la categoría de Administración general. Ingresos por capítulos y conceptos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | I.indirectos (Cap.2) | Total.
Presupuestos Estado. Clasificación económica.
PRESUPUESTO ESTADO. Admón. general. Ingresos. I. indirectos. Total (Cap. 2). Previsiones definitivas.
Código: G010000H.
Institución: Institución/Organismo: Estado.
Territorio: España.
Fuente: Intervención General de la Administración del Estado a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En la Descripción general del bloque de Estadísticas del IVA se trata con más detalle la legislación y el funcionamiento de este impuesto.
Ver cuadros de cesión/conciertos de tributos con CC. AA. en Descripción general.
El IVA se implanta en 1986 (Ley 30/1985) a un tipo general del 12%. En 1992 se modifica al 13% (Ley 31/1991) y en agosto del mismo año (RDL 5/1992 y Ley 28/1992) al 15%. En 1995, es del 16%. A partir de 1 de jullio de 2010 pasa a ser del 18%.
Con el IVA desaparecen: I. lujo, I. compensación gravámenes interiores e ITE (los dos últimos excepto en Canarias, Ceuta y Melilla; en Canarias se sustituye el ITE por el IGIC en 1993).
Con la entrada en vigor del mercado único los ingresos por IVA se ven sustancialmente modificados a partir de enero de 1993.
Desaparecen Renta de tabacos (Ley 38/1985); I. s/ bebidas refrescantes e I. s/ uso de teléfono (Ley 45/1985); y Renta del monopolio de petróleos (RD 3/1990).
Se crean: I. s/ labores tabaco e I. s/ cerveza (Ley 45/1985), I. s/ determinados medios de transporte (Ley 38/1992), I. primas seguro (Ley 13/1996) e I. s/ electricidad (Ley 19/1998).
No siempre existen previsiones iniciales y/o definitivas para todos los artículos que integran este agregado.
Definiciones
PRESUPUESTOS. PREVISIONES DEFINITIVAS - Resultado de incorporar a las previsiones iniciales las modificaciones realizadas a lo largo del ejercicio económico.
IMPUESTOS INDIRECTOS - Tributo fijado teniendo en cuenta la capacidad contributiva de un sujeto pasivo en función de la circulación o el consumo de riqueza.
PRESUPUESTOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL - Conjunto de órganos que cuentan con personalidad jurídica única.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1985 | 11,615,742.91 |
Año 1986 | 14,430,901.64 |
Año 1987 | 17,629,488.06 |
Año 1988 | 19,811,312.25 |
Año 1989 | 22,544,931.66 |
Año 1990 | 26,522,664.17 |
Año 1991 | 26,345,966.61 |
Año 1992 | 29,123,243.54 |
Año 1993 | 30,987,589.10 |
Año 1994 | 29,789,164.95 |
Año 1995 | 33,438,510.45 |
Año 1996 | 33,438,510.45 |
Año 1997 | 37,651,004.29 |
Año 1998 | 41,474,042.29 |
Año 1999 | 45,218,107.29 |
Año 2000 | 51,434,014.00 |
Año 2001 | 54,795,475.00 |
Año 2002 | 45,488,790.00 |
Año 2003 | 37,741,340.00 |
Año 2004 | 39,836,000.00 |
Año 2005 | 43,051,000.00 |
Año 2006 | 45,302,000.00 |
Año 2007 | 50,740,000.00 |
Año 2008 | 53,363,000.00 |
Año 2009 | 50,202,000.00 |
Año 2010 | 40,736,000.00 |
Año 2011 | 36,142,000.00 |
Año 2012 | 21,095,000.00 |
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