Por el Estado | Total / Caja

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Categoría: Sector público. > Recaudación. > IVA | Operaciones interiores | Rég. general y simplificado. > Caja.

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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IVA. Operaciones interiores (régimen general y simplificado). Caja.
Código: B000U000.
Institución: Institución/Organismo: Estado.
Territorio: España.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.

Notas

La evolución de la serie se ve afectada por la entrada en vigor, el 1 de enero de 1993, del Mercado Interior en el ámbito de la UE.

El tipo superreducido comienza a aplicarse el 1 de enero de 1993. En los años 1993 y 1994 es del 3% y a partir del 1 de enero de 1995 es del 4%.

El tipo reducido de IVA es del 6% de 1986 a 1994, del 7% de 1 de enero de 1995 a 30 de junio de 2010 y del 8% desde el 1 de julio de 2010..

El tipo incrementado de IVA es del 33% de 1986 a 1991 y del 28% en 1992. Desaparece en 1993 y se crea entonces el Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte: los vehículos pasan a tributar por el IVA al tipo general y por el nuevo impuesto.

El IVA se implanta en 1986 (Ley 30/1985) a un tipo general del 12%. En 1992 se modifica al 13% (Ley 31/1991) y en agosto del mismo año (RDL 5/1992 y Ley 28/1992) al 15%. En 1995, es del 16%. A partir de 1 de jullio de 2010 pasa a ser del 18%.

En la estadística de recaudación y en la liquidación de presupuestos el concepto de IVA operaciones interiores incluye las adquisiciones intracomunitarias

Desde 2009 la información de "Exportadores" y "Regimen general y simplificado" por operaciones interiores de IVA no es disponible en la fuente de datos por haberse adoptado un nuevo criterio de clasificación de los operadores.

Definiciones

IVA. RÉGIMEN GENERAL ORDINARIO - Régimen caracterizado por seguir el esquema general en el cálculo de la base imponible y en la liquidación del impuesto.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) - Impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones.

IVA. RÉGIMEN SIMPLIFICADO - Régimen establecido para los pequeños y medianos empresarios en el cual el cálculo de las cuotas devengadas de IVA se realiza mediante la aplicación, al conjunto de la actividad, de unos índices o módulos objetivos.

RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).

RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.

RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.

RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.

IVA. OPERACIONES INTERIORES Y ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS - Impuesto que grava las operaciones realizadas en la U. E., excepto en territorios que formando parte de ella, no son tales a efectos de IVA (en España, Canarias, Ceuta y Melilla; en Francia, territorios de ultramar, etc.).

Gráfica de Por el Estado | Total / Caja

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AñoValor (Unidades: Miles de euros)
Año 19924,980,665.44
Año 19935,747,635.02
Año 19946,756,007.12
Año 19958,058,995.35
Año 19968,724,802.57
Año 19979,781,453.97
Año 199810,766,404.63
Año 199912,913,304.00
Año 200012,441,447.00
Año 200112,651,487.00
Año 200213,117,554.00
Año 200314,741,545.00
Año 200416,215,227.00
Año 200520,044,097.00
Año 200620,961,536.00
Año 200720,724,495.00
Año 200814,934,821.00


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