Por el Estado | Servicios centrales.
Indicador: Por el Estado | Servicios centrales, en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IRPF. Retenciones de trabajo. Caja.
Código: B0105000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Servicios centrales.
Territorio: España.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
En 1998 suben los tipos de retención de profesionales (del 15 al 20%) y de consejeros (del 30 al 40%). En 2000 bajan al 18% los de profesionales y premios (9% para nuevos profesionales). En 2002 el de consejeros pasa del 40 al 35%.
Entre 1995 y 1999 los ingresos en servicios centrales pueden diferir de lo publicado en los Informes Anuales de Recaudación Tributaria. Se han ajustado para paliar las diferencias entre la suma de ingresos por territorios y el total nacional.
Desde febrero-2003 se modifican cálculo retencion trabajo: aumentan mínimos personales y reducción gral.; bajan tipos mínimo, máximo y nº tramos; nuevas deducciones. Baja de 18 a 15% retención profes.Sube de 30 a 40% coef. reductor para rtos.>2 años.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).
IRPF. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Comprende los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo, pensiones y demás prestaciones de los sistemas de previsión social y los ingresos por cursos, conferencias, obras literarias, asistencia a consejos de administración, etc.
RETENCIONES - Importe de los pagos retenidos por el pagador al sujeto pasivo, a cuenta de la deuda tributaria total exigible en el momento de pago del impuesto, aplicados según la normativa del impuesto.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 409,709.95 |
Año 1987 | 523,752.00 |
Año 1988 | 640,684.91 |
Año 1989 | 775,834.51 |
Año 1990 | 906,320.24 |
Año 1991 | 999,855.76 |
Año 1992 | 958,440.01 |
Año 1993 | 1,038,362.60 |
Año 1994 | 1,073,822.32 |
Año 1995 | 1,170,777.59 |
Año 1996 | 1,278,070.27 |
Año 1997 | 1,290,895.87 |
Año 1998 | 1,360,348.83 |
Año 1999 | 1,147,368.17 |
Año 2000 | 1,161,183.00 |
Año 2001 | 1,213,937.00 |
Año 2002 | 1,297,060.00 |
Año 2003 | 1,317,844.00 |
Año 2004 | 1,447,788.00 |
Año 2005 | 1,587,951.00 |
Año 2006 | 1,803,867.00 |
Año 2007 | 1,964,564.00 |
Año 2008 | 2,081,654.00 |
Año 2009 | 2,704,591.00 |
Año 2010 | 3,247,886.00 |
Año 2011 | 3,300,608.00 |
Año 2012 | 3,367,052.00 |
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