Otras transferencias del Estado a las CCAA | Compensación por suspensión T Patrimonio.
Indicador: Otras transferencias del Estado a las CCAA | Compensación por suspensión T Patrimonio, en la categoría de CCAA | Territorio de régimen fiscal común | Canarias.
Financiación autonómica.
FINANCIACION AUTONOMICA. Compensación por suspensión del Impuesto de Patrimonio.
Código: F0800022.
Institución: Institución/Organismo: Administración Autonómica.
Territorio: Canarias.
Fuente: Dirección General de Coordinación Financiera con las CC.AA y las EELL a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, se modifica la Ley 19/1991 del imptº de Patrimonio. Se aplica una bonificación del 100% en la cuota íntegra y se derogan los art. 6,36,37,38 y D.T.Ello supone la suspensión del imptº.
El imptº del Patrimonio es un tributo cedido a las CCAA y gestionado por la AEAT. Por ley 4/2008 se suspende dicho gravamen y en la Ley 22/2009 se establece una compensación por dicha suspensión (art.5.2 e), aplicación del statu quo 2009).
En la Ley 22/2009, que entra en vigor el 1 de enero de 2009, la compensación por suspensión del impuesto de Patrimonio se integra en el cálculo del statu quo y por tanto no se incluye en el total de recursos.
En el año 2010 esta compensación se calcula aplicando al valor de 2009 la variación del ITE 2010 entre ITE 2009. Este importe se corrige anotandose el valor de 2009 según la D.T.6ª. En Badespe se incluyen estos datos a título informativo.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
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Año 2009 | 46,516.76 |
Año 2010 | 73,849.22 |
Año 2011 | 68,738.85 |
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