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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Caja.
Código: B210P000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Vizcaya (provincia).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Impuesto cedido. Actualmente, datos referentes a Ceuta y Melilla. También a la C. de Madrid de 1984 a 1990. En 1991 el Estado cede a la C. de Madrid la liquidación del año anterior.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES - Impuesto de carácter directo y naturaleza directa y subjetiva, complementario del IRPF, que grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo (herencias, donaciones inter vivos, beneficios de seguros de vida...) por las personas físicas.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1992 | 6.01 |
Año 1993 | 6.01 |
Año 1994 | 48.08 |
Año 1995 | 36.06 |
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