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Categoría: Sector público. > Recaudación. > IRPF | Retenciones de capital. > Caja.

Indicador: Por el Estado | Delegaciones AEAT | País Vasco | Alava, en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IRPF. Retenciones de capital. Caja.
Código: B1Z06000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Álava (provincia).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.

Notas

En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.

Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).

En 1999 se reduce el tipo de retención del 25 al 18%, excepto para dividendos, y se someten a retención los rendimientos de seguros de vida (25%). En 2000 bajan también el tipo de dividendos y seguros de vida al 18%.

En 1996 (RDL 7/1996) la tributación del ahorro se modifica sustancialmente. En particular, las plusvalías cuentan con un mínimo exento de 200.000 pts. y un tipo fijo del 20% para las generadas en más de dos años (18% en más de un año a partir de 2

Desde 2003 se reduce el tipo de retención de capital del 18 al 15% y se elevan los coeficientes de reducción para rtos.>2años.

Definiciones

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).

RETENCIONES DE CAPITAL - Retenciones practicadas relativas a rendimientos de capital mobiliario.

RETENCIONES - Importe de los pagos retenidos por el pagador al sujeto pasivo, a cuenta de la deuda tributaria total exigible en el momento de pago del impuesto, aplicados según la normativa del impuesto.

RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).

RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.

RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.

RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.

Gráfica de Por el Estado | Delegaciones AEAT | País Vasco | Alava

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AñoValor (Unidades: Miles de euros)
Año 19921,556.62
Año 19931,117.88
Año 1994703.18
Año 19951,171.97
Año 1996889.50
Año 1997462.78
Año 1998228.38
Año 1999120.20
Año 2000204.34
Año 2001259.00
Año 2002353.00
Año 2003344.00
Año 2004199.00
Año 2005250.00
Año 20061,092.00
Año 20071,260.00
Año 20081,985.00
Año 20092,092.00
Año 20101,887.00
Año 20112,200.00
Año 20121,597.00
Año 20131,126.00
Año 20141,584.00


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