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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. Impuesto sobre actos jurídicos documentados. Caja.
Código: B1X1G000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: País Vasco.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
La cesión de tributos a las CC. AA. del hecho imponible "actos jurídicos documentados" se hace efectiva a partir del 1 de enero de 1988 (Ley 32/87). Para la C. de Madrid, dicha cesión se hace efectiva en 1997.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS - Impuesto de naturaleza indirecta que grava documentos notariales (escrituras, actas y testimonios), mercantiles (letras de cambio, giros, pagarés, bonos, obligaciones...) y administrativos (transmisión de títulos nobiliarios, anotaciones en registros...).
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 16,780.26 |
Año 1987 | 20,320.22 |
Año 1988 | 25,873.57 |
Año 1989 | 8,059.57 |
Año 1990 | 5,679.56 |
Año 1991 | 7,530.68 |
Año 1992 | 8,997.15 |
Año 1993 | 8,702.66 |
Año 1994 | 10,121.04 |
Año 1995 | 10,637.91 |
Año 1996 | 8,065.58 |
Año 1997 | 1,827.08 |
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