Por el Estado | Delegaciones AEAT | Navarra (Comunidad Foral de).
Indicador: Por el Estado | Delegaciones AEAT | Navarra (Comunidad Foral de), en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IRPF. Retenciones de capital. Caja.
Código: B1W06000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Navarra (Comunidad Foral de).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
En 1999 se reduce el tipo de retención del 25 al 18%, excepto para dividendos, y se someten a retención los rendimientos de seguros de vida (25%). En 2000 bajan también el tipo de dividendos y seguros de vida al 18%.
En 1996 (RDL 7/1996) la tributación del ahorro se modifica sustancialmente. En particular, las plusvalías cuentan con un mínimo exento de 200.000 pts. y un tipo fijo del 20% para las generadas en más de dos años (18% en más de un año a partir de 2
Desde 2003 se reduce el tipo de retención de capital del 18 al 15% y se elevan los coeficientes de reducción para rtos.>2años.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).
RETENCIONES DE CAPITAL - Retenciones practicadas relativas a rendimientos de capital mobiliario.
RETENCIONES - Importe de los pagos retenidos por el pagador al sujeto pasivo, a cuenta de la deuda tributaria total exigible en el momento de pago del impuesto, aplicados según la normativa del impuesto.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 582.98 |
Año 1987 | 1,280.16 |
Año 1988 | 2,115.56 |
Año 1989 | 2,416.07 |
Año 1990 | 4,092.89 |
Año 1991 | 4,080.87 |
Año 1992 | 5,385.07 |
Año 1993 | 5,264.87 |
Año 1994 | 7,981.44 |
Año 1995 | 5,571.38 |
Año 1996 | 3,594.05 |
Año 1997 | 2,692.53 |
Año 1998 | 2,975.01 |
Año 1999 | 2,091.52 |
Año 2000 | 2,019.00 |
Año 2001 | 2,261.00 |
Año 2002 | 2,737.00 |
Año 2003 | 2,960.00 |
Año 2004 | 2,979.00 |
Año 2005 | 3,644.00 |
Año 2006 | 5,264.00 |
Año 2007 | 9,736.00 |
Año 2008 | 13,602.00 |
Año 2009 | 10,556.00 |
Año 2010 | 6,165.00 |
Año 2011 | 5,049.00 |
Año 2012 | 2,112.00 |
Año 2013 | -1,131.00 |
Año 2014 | 1,744.00 |
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