Por el Estado | Delegaciones AEAT | Madrid (Comunidad de).
Indicador: Por el Estado | Delegaciones AEAT | Madrid (Comunidad de), en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IRPF. Retenciones de trabajo. Caja.
Código: B1U05000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Madrid (Comunidad de).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.
Cambios legales sustanciales en el IRPF en 1988, 1992, 1999, 2003 y 2007 (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 40/1998, Ley 46/2002 y Ley 35/2006).
En 1998 suben los tipos de retención de profesionales (del 15 al 20%) y de consejeros (del 30 al 40%). En 2000 bajan al 18% los de profesionales y premios (9% para nuevos profesionales). En 2002 el de consejeros pasa del 40 al 35%.
Desde febrero-2003 se modifican cálculo retencion trabajo: aumentan mínimos personales y reducción gral.; bajan tipos mínimo, máximo y nº tramos; nuevas deducciones. Baja de 18 a 15% retención profes.Sube de 30 a 40% coef. reductor para rtos.>2 años.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (renta disponible).
IRPF. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - Comprende los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo, pensiones y demás prestaciones de los sistemas de previsión social y los ingresos por cursos, conferencias, obras literarias, asistencia a consejos de administración, etc.
RETENCIONES - Importe de los pagos retenidos por el pagador al sujeto pasivo, a cuenta de la deuda tributaria total exigible en el momento de pago del impuesto, aplicados según la normativa del impuesto.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 2,272,144.29 |
Año 1987 | 3,042,311.25 |
Año 1988 | 3,250,598.01 |
Año 1989 | 3,999,429.04 |
Año 1990 | 4,983,766.66 |
Año 1991 | 6,156,689.87 |
Año 1992 | 6,305,590.61 |
Año 1993 | 7,028,331.71 |
Año 1994 | 7,348,052.12 |
Año 1995 | 7,769,007.01 |
Año 1996 | 8,061,952.33 |
Año 1997 | 8,764,787.90 |
Año 1998 | 9,534,840.67 |
Año 1999 | 9,504,934.31 |
Año 2000 | 10,640,753.00 |
Año 2001 | 11,784,368.00 |
Año 2002 | 12,772,531.00 |
Año 2003 | 14,954,218.00 |
Año 2004 | 15,655,801.00 |
Año 2005 | 17,377,547.00 |
Año 2006 | 19,472,197.00 |
Año 2007 | 21,021,799.00 |
Año 2008 | 21,632,358.00 |
Año 2009 | 21,229,692.00 |
Año 2010 | 22,597,970.00 |
Año 2011 | 23,816,134.00 |
Año 2012 | 24,861,454.00 |
Año 2013 | 25,163,214.00 |
Año 2014 | 25,832,263.00 |
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