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Categoría: Sector público. > Recaudación. > Sociedades | Cuota diferencial neta. > Caja.

Indicador: Por el Estado | Delegaciones AEAT | Madrid (Comunidad de), en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. Impuesto sobre sociedades. Cuota diferencial neta. Caja.
Código: B1U0M000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Madrid (Comunidad de).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.

Notas

En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.

La Ley 43/1995 modifica sustancialmente el impuesto.

De 1986 a 1996 los datos corresponden conjuntamente a pagos fraccionados y cuota diferencial.

La Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente reduce a seis meses el plazo de devolución desde la presentación de la declaración. Ello afecta sobre todo a la recaudación del IRPF e Impuesto de Sociedades en 1998 y 1999.

A partir de 2002, nueva deducción en cuota por reinversión de beneficios extraordinarios. Régimen transitorio y voluntario para plusvalías pendientes, que supone adelanto de ingresos.

En 2002 se rebaja de 35 al18% la tributación de plusvalías reinv. en 4 años. Desde 2003 se amplia el concepto de empresa reducida dimensión y se amplia de 10 a 15 años plazo compensar BI negativas. Se eleva de 10 a 20 años amortiz. fondo comercio.

Definiciones

RECAUDACIÓN. CUOTA DIFERENCIAL NETA - Suma de las cuotas diferenciales positivas y negativas.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.

CUOTA DIFERENCIAL - Cantidad a satisfacer por el sujeto pasivo a la hacienda pública, obtenida después de aplicar a la cuota líquida los correspondientes pagos a cuenta realizados de acuerdo con la normativa del impuesto. Puede ser positiva o negativa.

RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).

RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.

RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.

RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.

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AñoValor (Unidades: Miles de euros)
Año 19861,352,926.33
Año 19871,339,668.00
Año 19881,650,259.04
Año 19893,106,391.16
Año 19903,184,510.72
Año 19912,773,334.29
Año 19922,045,791.11
Año 19931,500,949.60
Año 19941,620,400.75
Año 19951,814,894.28
Año 19961,987,691.27
Año 19971,212,265.46
Año 19981,106,571.47
Año 1999828,921.90
Año 20001,210,087.00
Año 20011,666,543.00
Año 20022,830,429.00
Año 20032,160,143.00
Año 20042,525,946.00
Año 20053,653,343.00
Año 20063,576,893.00
Año 20075,251,040.00
Año 20083,289,587.00
Año 20091,450,447.00
Año 20101,147,570.00
Año 20111,551,221.00
Año 20121,754,358.00
Año 201317,767.00
Año 2014-1,056,564.00


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