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Categoría: Sector público. > Recaudación. > IVA | Importaciones. > Caja.

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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IVA. Importaciones. Caja.
Código: B1S0S000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Ourense (provincia).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.

Notas

La evolución de la serie se ve afectada por la entrada en vigor, el 1 de enero de 1993, del Mercado Interior en el ámbito de la UE.

El tipo superreducido comienza a aplicarse el 1 de enero de 1993. En los años 1993 y 1994 es del 3% y a partir del 1 de enero de 1995 es del 4%.

El tipo reducido de IVA es del 6% de 1986 a 1994, del 7% de 1 de enero de 1995 a 30 de junio de 2010 y del 8% desde el 1 de julio de 2010..

El tipo incrementado de IVA es del 33% de 1986 a 1991 y del 28% en 1992. Desaparece en 1993 y se crea entonces el Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte: los vehículos pasan a tributar por el IVA al tipo general y por el nuevo impuesto.

El IVA se implanta en 1986 (Ley 30/1985) a un tipo general del 12%. En 1992 se modifica al 13% (Ley 31/1991) y en agosto del mismo año (RDL 5/1992 y Ley 28/1992) al 15%. En 1995, es del 16%. A partir de 1 de jullio de 2010 pasa a ser del 18%.

Desde 2009, la cifra de devoluciones corresponde al total nacional y los datos por Delegaciones y Operaciones (Interiores e Importación) no es disponible en la fuente, por cambios en los modelos de declaración.

En Badespe se anota el IVA neto. Desde 2009 se registra el IVA Importación por el bruto y el IVA de Op. interiores por el neto (aplicandose a estas partidas el montante total de las devoluciones).

Definiciones

IVA. IMPORTACIONES - Impuesto que grava las adquisiciones de bienes y servicios a países no comunitarios y a zonas que, formando parte de U. E., no son territorio IVA (en España, Canarias, Ceuta y Melilla; en Francia, territorios de ultramar, etc.).

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) - Impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones.

RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).

RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.

RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.

RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.

Gráfica de Por el Estado | Delegaciones AEAT | Galicia | Ourense

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AñoValor (Unidades: Miles de euros)
Año 1992913.54
Año 1993102.17
Año 199436.06
Año 1995216.36
Año 1996468.79
Año 1997468.79
Año 1998745.26
Año 1999733.23
Año 20001,304.20
Año 20011,592.00
Año 20021,568.00
Año 20032,016.00
Año 20041,920.00
Año 20051,183.00
Año 2006295.00
Año 2007205.00
Año 200895.00
Año 2009183.00
Año 20106,072.00
Año 20117,102.00
Año 201210,222.00
Año 20132,668.00
Año 2014105.00


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