Por el Estado | Delegaciones AEAT | Ceuta.
Indicador: Por el Estado | Delegaciones AEAT | Ceuta, en la categoría de Caja.
Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. Impuesto sobre sociedades. Retenciones de capital. Caja.
Código: B230I000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Ceuta (provincia).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En 1999 se crea el Impuesto s/ renta de no residentes (Ley 41/1998) que grava rentas antes contempladas en IRPF o en I. sociedades.
En 1999 se reduce el tipo de retención del 25 al 18%, excepto para dividendos, y se someten a retención los rendimientos de seguros de vida (25%). En 2000 bajan también el tipo de dividendos y seguros de vida al 18%.
La Ley 43/1995 modifica sustancialmente el impuesto.
Desde 2003 se reduce el tipo de retención de capital del 18 al 15% y se elevan los coeficientes de reducción para rtos.>2años.
Definiciones
RETENCIONES DE CAPITAL - Retenciones practicadas relativas a rendimientos de capital mobiliario.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS) - Impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
RETENCIONES - Importe de los pagos retenidos por el pagador al sujeto pasivo, a cuenta de la deuda tributaria total exigible en el momento de pago del impuesto, aplicados según la normativa del impuesto.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 546.92 |
Año 1987 | 360.61 |
Año 1988 | 498.84 |
Año 1989 | 414.70 |
Año 1990 | 426.72 |
Año 1991 | 312.53 |
Año 1992 | 342.58 |
Año 1993 | 438.74 |
Año 1994 | 378.64 |
Año 1995 | 462.78 |
Año 1996 | 877.48 |
Año 1997 | 853.44 |
Año 1998 | 649.09 |
Año 1999 | 546.92 |
Año 2000 | 515.00 |
Año 2001 | 439.00 |
Año 2002 | 427.00 |
Año 2003 | 415.00 |
Año 2004 | 465.00 |
Año 2005 | 418.00 |
Año 2006 | 633.00 |
Año 2007 | 678.00 |
Año 2008 | 435.00 |
Año 2009 | 533.00 |
Año 2010 | 659.00 |
Año 2011 | 479.00 |
Año 2012 | 487.00 |
Año 2013 | 560.00 |
Año 2014 | 489.00 |
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