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Categoría: Sector público. > Recaudación. > IVA | Total. > Caja.

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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. IVA. Total . Caja.
Código: B1B0R000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Barcelona (provincia).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.

Notas

La evolución de la serie se ve afectada por la entrada en vigor, el 1 de enero de 1993, del Mercado Interior en el ámbito de la UE.

El tipo superreducido comienza a aplicarse el 1 de enero de 1993. En los años 1993 y 1994 es del 3% y a partir del 1 de enero de 1995 es del 4%.

El tipo reducido de IVA es del 6% de 1986 a 1994, del 7% de 1 de enero de 1995 a 30 de junio de 2010 y del 8% desde el 1 de julio de 2010..

El tipo incrementado de IVA es del 33% de 1986 a 1991 y del 28% en 1992. Desaparece en 1993 y se crea entonces el Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte: los vehículos pasan a tributar por el IVA al tipo general y por el nuevo impuesto.

El IVA se implanta en 1986 (Ley 30/1985) a un tipo general del 12%. En 1992 se modifica al 13% (Ley 31/1991) y en agosto del mismo año (RDL 5/1992 y Ley 28/1992) al 15%. En 1995, es del 16%. A partir de 1 de jullio de 2010 pasa a ser del 18%.

Desde 2002, nuevo sistema de financiación de CCAA: se cede 35 % de IVA, 33% de IRPF y 40% de I.s/ alcohol, cerveza, hidrocarb., tabaco y ptos. interm. y 100% electricidad. Se crea y cede la recaudación de I.s/venta minor.hidrocarb. y s/ medios transp.

En 2004 se cede parte de la recaudación tributaria estatal por IRPF, IVA e II.EE. sobre alcoholes, cerveza, productos intermedios, hidrocarburos y labores del tabaco a municipios, provincias y entes asimilados

Definiciones

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) - Impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones.

RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).

RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.

RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.

RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.

Gráfica de Por el Estado | Delegaciones AEAT | Cataluña | Barcelona

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AñoValor (Unidades: Miles de euros)
Año 19924,290,937.94
Año 19933,791,142.28
Año 19944,488,208.14
Año 19954,647,999.23
Año 19964,983,015.40
Año 19975,697,156.01
Año 19986,164,124.39
Año 19997,269,439.74
Año 20007,456,150.16
Año 20017,574,633.00
Año 20028,303,012.00
Año 20038,905,972.00
Año 200410,098,475.00
Año 200510,949,197.00
Año 200611,675,235.00
Año 200712,683,382.00
Año 200810,986,406.00
Año 20097,439,177.00
Año 201010,232,681.00
Año 201110,617,093.00
Año 201210,598,154.00
Año 201311,508,638.00
Año 201412,524,044.00


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