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Categoría: Sector público. > Recaudación. > Otros directos | Sucesiones y donaciones. > Caja.

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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Caja.
Código: B0J0P000.
Institución: Institución/Organismo: Estado. Delegaciones de la AEAT.
Territorio: Zaragoza (provincia).
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.

Notas

Impuesto cedido. Actualmente, datos referentes a Ceuta y Melilla. También a la C. de Madrid de 1984 a 1990. En 1991 el Estado cede a la C. de Madrid la liquidación del año anterior.

Definiciones

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES - Impuesto de carácter directo y naturaleza directa y subjetiva, complementario del IRPF, que grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo (herencias, donaciones inter vivos, beneficios de seguros de vida...) por las personas físicas.

RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).

RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.

RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.

RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.


AñoValor (Unidades: Miles de euros)
Año 1994-24.04


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