Desagregado por tramos | De 48.000 a 60.000 euros.
Indicador: Desagregado por tramos | De 48.000 a 60.000 euros, en la categoría de Nº de declaraciones.
Patrimonio.
PATRIMONIO. Cuota íntegra. Antes de límites. Nº de declaraciones. Tramos de 48.000 a 60.000 euros.
Código: P0270003.
Institución: Institución/Organismo: Estado y CC. AA. de régimen fiscal común.
Territorio: Territorio de régimen fiscal común.
Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Unidades.
Frecuencia: Anual.
Notas
Desde su implantación por Ley 50/77 hasta 1991, se denomina I. Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. A partir de 1992 (Ley 19/91), I. sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
Reformas normativas relevantes en 1988 (S.T.C. nº 45/1989), en 1992 (Ley 19/1991) y en 1995 (RD 4181/1994).
En la Descripción general se recogen cuadros que detallan la evolución del mínimo exento (a aplicar a la BI) y las fechas de cesión o concierto de este impuesto con las CCAA.
Con la entrada en vigor de la Ley 14/1996 de cesión de tributos del Estado a las CCAA de régimen fiscal común, estas adquieren competencias en materias legislativas.
Con anterioridad a 2001, los tramos a los que venía referida la información eran: <6 millones de ptas; de 6 a 8; de 8 a 10; de 10 a 15; de 15 a 20; de 20 a 50; de 50 a 250; de 250 a1.000; de 1.000 a 5.000; >5.000 millones de ptas.
Definiciones
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO - Impuesto de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio neto (conjunto de bienes y derechos de contenido económico de que sea titular la correspondiente persona) de las personas físicas.
IMPUESTOS INDIRECTOS - Tributo fijado teniendo en cuenta la capacidad contributiva de un sujeto pasivo en función de la circulación o el consumo de riqueza.
PATRIMONIO. CUOTA INTEGRA ANTES DE LÍMITES - Resultado de aplicar la escala de gravamen a la base liquidable.
PATRIMONIO. ESCALA DE GRAVAMEN - Conjunto progresivo de tipos de gravamen aplicado a la cuantias crecientes de las bases liquidables para obtener la cuota íntegra.
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Año | Valor (Unidades: Unidades) |
---|---|
Año 1983 | 21,817.00 |
Año 1984 | 23,258.00 |
Año 1985 | 28,692.00 |
Año 1986 | 32,776.00 |
Año 1987 | 37,465.00 |
Año 1988 | 27,219.00 |
Año 1989 | 26,019.00 |
Año 1990 | 27,530.00 |
Año 1991 | 4,615.00 |
Año 1992 | 5,753.00 |
Año 1993 | 6,040.00 |
Año 1994 | 2,138.00 |
Año 1995 | 1,833.00 |
Año 1996 | 1,986.00 |
Año 1997 | 2,047.00 |
Año 1998 | 2,049.00 |
Año 1999 | 2,244.00 |
Año 2000 | 2,373.00 |
Año 2001 | 2,432.00 |
Año 2002 | 2,552.00 |
Año 2003 | 2,556.00 |
Año 2004 | 2,645.00 |
Año 2005 | 2,633.00 |
Año 2006 | 2,722.00 |
Año 2007 | 2,852.00 |
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