Derechos/Obligaciones reconocidas.
Indicador: Derechos/Obligaciones reconocidas, en la categoría de Administración general. Ingresos por capítulos y conceptos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | I.indirectos (Cap.2) | I.especiales | Hidrocarburos.
Presupuestos Estado. Clasificación económica.
PRESUPUESTO ESTADO. Admón. general. Ingresos. I. indirectos. I. especiales. Hidrocarburos. Derechos reconocidos.
Código: G020000U.
Institución: Institución/Organismo: Estado.
Territorio: España.
Fuente: Intervención General de la Administración del Estado a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
En 1985 se produce trasvase de recursos de Renta del monopolio de petróleo a I. s/ petróleo y sus derivados de acuerdo con lo establecido por Ley 44/1983.
La Ley 45/1985 supone profundos cambios en la fiscalidad de los productos petrolíferos.
En 1986 se produce un trasvase del I. s/ hidrocarburos a Renta de petróleos.
En 1986 se suprime el I. s/ petróleos y sus derivados, por lo que su cuantía se incluye en I. Extinguidos.
Por RD 3/1990 desaparece la Renta del monopolio de petróleos y se trasvasa su recaudación al I. s/ hidrocarburos.
Tributo concertado con C. F. de Navarra desde 1998 y con País Vasco desde 1997.
Definiciones
PPTOS. DERECHOS RECONOCIDOS - Derechos del presupuesto corriente que han sido efectivamente ingresados o están pendientes de cobrar. Son derechos netos, esto es, no incluyen los derechos anulados y cancelados.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS - Impuesto indirecto que grava el consumo de gasolinas, gasóleos, fuelóleos, GLP, metano, queroseno y otros hidrocarburos. Se permite la desgravación para los productos no utilizados como carburante o combustible, vía exención o devolución.
IMPUESTOS INDIRECTOS - Tributo fijado teniendo en cuenta la capacidad contributiva de un sujeto pasivo en función de la circulación o el consumo de riqueza.
PRESUPUESTOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL - Conjunto de órganos que cuentan con personalidad jurídica única.
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Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
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Año 1985 | 2,049,427.24 |
Año 1986 | 1,814,605.80 |
Año 1987 | 3,030,092.68 |
Año 1988 | 3,268,309.83 |
Año 1989 | 3,512,230.60 |
Año 1990 | 4,222,524.73 |
Año 1991 | 5,713,046.77 |
Año 1992 | 6,596,300.17 |
Año 1993 | 6,679,522.32 |
Año 1994 | 7,305,891.12 |
Año 1995 | 7,761,963.15 |
Año 1996 | 8,234,472.85 |
Año 1997 | 7,970,183.79 |
Año 1998 | 8,414,524.06 |
Año 1999 | 8,953,812.22 |
Año 2000 | 9,109,099.00 |
Año 2001 | 9,291,901.00 |
Año 2002 | 6,384,159.00 |
Año 2003 | 5,987,540.00 |
Año 2004 | 5,968,447.00 |
Año 2005 | 5,910,375.00 |
Año 2006 | 6,027,334.00 |
Año 2007 | 6,475,660.00 |
Año 2008 | 5,810,627.00 |
Año 2009 | 5,497,636.00 |
Año 2010 | 5,886,661.00 |
Año 2011 | 3,527,655.00 |
Año 2012 | 1,760,081.00 |
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