Derechos/Obligaciones reconocidas.
Indicador: Derechos/Obligaciones reconocidas, en la categoría de Administración general. Ingresos por capítulos y conceptos | Operaciones no financieras | Operaciones corrientes | I.directos y cotizaciones sociales (Cap.1) | I. s/ capital | Patrimonio.
Presupuestos Estado. Clasificación económica.
PRESUPUESTO ESTADO. Admón. general. Ingresos. I. directos y cotizac. sociales. I. s/ patrimonio. Derechos reconocidos.
Código: G020000D.
Institución: Institución/Organismo: Estado.
Territorio: España.
Fuente: Intervención General de la Administración del Estado a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
Tributo concertado con C. F. de Navarra y País Vasco desde 1986.
Impuesto cedido a todas las CC. AA. , excepto a la C. de Madrid. Ver cuadro de fechas de cesión/concierto de impuestos en Descripción general.
A partir de 1988 se establece la tributación individual obligatoria, con un mínimo exento en la base de 9 millones de pesetas.
La "alta" recaudación de 1990 y la "baja" de 1989 se explica por el cambio de plazo de presentación del Impuesto sobre el Patrimonio de 1988 que la Ley 20/1989 lo fija en noviembre de 1989. La recaudación no tiene entrada en las CC. AA. hasta 1990.
El I. extraordinario s/ patrimonio, regulado por Ley 50/77 y Orden Ministerial de 14 de enero de 1978, se reemplaza en 1992 por el I. s/ patrimonio, regulado por Ley 19/91.
En 1988 se produce una subida del mínimo exento del I. s/ patrimonio de 24 a 54 miles de euros. En 1991, de 54 a 60; en 1995, a 102; en 1999, a 103; en 2000, a 108 miles de euros.
Definiciones
PPTOS. DERECHOS RECONOCIDOS - Derechos del presupuesto corriente que han sido efectivamente ingresados o están pendientes de cobrar. Son derechos netos, esto es, no incluyen los derechos anulados y cancelados.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO - Impuesto de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio neto (conjunto de bienes y derechos de contenido económico de que sea titular la correspondiente persona) de las personas físicas.
IMPUESTOS DIRECTOS - Tributo fijado teniendo en cuenta la capacidad contributiva de un sujeto pasivo en función de la percepción de una renta o la tenencia de un patrimonio.
PRESUPUESTOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL - Conjunto de órganos que cuentan con personalidad jurídica única.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1985 | 58,376.31 |
Año 1986 | 54,938.52 |
Año 1987 | 73,738.18 |
Año 1988 | 100,982.05 |
Año 1989 | 98,013.05 |
Año 1990 | 113,807.65 |
Año 1991 | 120,881.56 |
Año 1992 | 132,354.89 |
Año 1993 | 155,097.18 |
Año 1994 | 169,671.73 |
Año 1995 | 167,153.49 |
Año 1996 | 169,359.20 |
Año 1997 | 205,101.39 |
Año 1998 | 241,216.21 |
Año 1999 | 273,135.96 |
Año 2000 | 325,642.00 |
Año 2001 | 339,714.00 |
Año 2002 | 28,971.00 |
Año 2003 | 31,748.00 |
Año 2004 | 31,309.00 |
Año 2005 | 37,423.00 |
Año 2006 | 40,887.00 |
Año 2007 | 46,453.00 |
Año 2008 | 50,065.00 |
Año 2009 | 6,338.00 |
Año 2010 | 2,295.00 |
Año 2011 | 2,332.00 |
Año 2012 | 13,971.00 |
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