Por las CCAA | De Régimen común. Tributos cedidos | Castilla y León.
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Recaudación de tributos.
RECAUDACIÓN. Tributos cedidos. Total ingresos (capítulos 1, 2 y 3). Caja.
Código: B2D00000.
Institución: Institución/Organismo: Administración Autonómica.
Territorio: Castilla y León.
Fuente: Inspección General del Ministerio de Hacienda a través del Instituto de Estudios Fiscales.
Unidades: Miles de euros.
Frecuencia: Anual.
Notas
La cesión de tributos a las CC. AA. del hecho imponible "actos jurídicos documentados" se hace efectiva a partir del 1 de enero de 1988 (Ley 32/87). Para la C. de Madrid, dicha cesión se hace efectiva en 1997.
La "alta" recaudación de 1990 y la "baja" de 1989 se explica por el cambio de plazo de presentación del Impuesto sobre el Patrimonio de 1988 que la Ley 20/1989 lo fija en noviembre de 1989. La recaudación no tiene entrada en las CC. AA. hasta 1990.
Desde 2002, en tributos cedidos (cap. 2) se incluyen las figuras tributarias. "Determinados medios de transporte" y "Venta minorista de hidrocarburos".
Definiciones
TRIBUTOS CEDIDOS - Tributos de competencia estatal, no sujetos a liquidación, en los que a las CC. AA., por delegación del Estado, les corresponde las labores de inspección, gestión, control y recaudación. Desde 1997 tienen también determinadas competencias normativas.
RECAUDACIÓN. CAJA - El concepto de caja utilizado es el de recaudación líquida aplicada (ver definiciones de recaudación líquida y recaudación aplicada).
RECAUDACIÓN LÍQUIDA - Recaudación bruta menos devoluciones pagadas.
RECAUDACIÓN APLICADA - Medida de ingresos cuyo criterio de registro es el del momento de aplicación de dichos ingresos al presupuesto. Incluye ingresos del presupuesto corriente y de los cerrados.
RECAUDACIÓN BRUTA - Recaudación antes de deducir las devoluciones pagadas.
Ver gráfica en formato de imagen PNG.
Año | Valor (Unidades: Miles de euros) |
---|---|
Año 1986 | 92,417.63 |
Año 1987 | 102,370.39 |
Año 1988 | 136,507.88 |
Año 1989 | 151,977.93 |
Año 1990 | 209,422.67 |
Año 1991 | 218,978.76 |
Año 1992 | 220,859.93 |
Año 1993 | 222,536.75 |
Año 1994 | 256,590.10 |
Año 1995 | 264,469.37 |
Año 1996 | 312,658.52 |
Año 1997 | 346,651.76 |
Año 1998 | 375,723.00 |
Año 1999 | 428,197.00 |
Año 2000 | 467,021.00 |
Año 2001 | 484,624.00 |
Año 2002 | 670,091.06 |
Año 2003 | 722,544.14 |
Año 2004 | 924,865.63 |
Año 2005 | 1,067,777.10 |
Año 2006 | 1,184,382.00 |
Año 2007 | 1,174,585.00 |
Año 2008 | 874,113.00 |
Año 2009 | 673,944.00 |
Año 2010 | 646,262.00 |
Año 2011 | 551,074.00 |
Año 2012 | 598,314.00 |
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